¿Planea una estancia en Polonia? Compruebe qué tipo de visado le conviene para su destino y prepárese para solicitarlo según los requisitos vigentes.
Visado de tránsito de tipo A
Destinado a ciudadanos de países de alto riesgo que sólo cambian de aeropuerto en el espacio Schengen sin salir de la zona de tránsito. Los ciudadanos ucranianos no suelen necesitar este visado, pero conviene conocer las normas de tránsito.
Visado Schengen tipo C - hasta 90 días
Es el visado más popular para quienes viajan a Polonia por motivos turísticos, familiares o de negocios. Se puede obtener cuando:
- Polonia es el principal o primer destino,
- El viaje abarca varios países Schengen, pero se pasa la mayoría de los días en Polonia,
- el primer país del espacio Schengen es Polonia y no se especifica el destino principal.
El visado puede ser sencillo, doble o múltiple. En casos especiales, se expide un visado LTV válido únicamente para el territorio de Polonia.
Visado nacional de tipo D - más de 90 días
Dedicado a las personas que planean una estancia más larga en Polonia, por ejemplo, por motivos de trabajo, estudios, reagrupación familiar o el carné de polaco. La validez máxima es de 1 año.
Seguro médico - obligatorio para todos los visados
Todos los extranjeros que soliciten un visado deben presentar un seguro médico válido para la duración de su estancia.
Procedimiento de visado simplificado para familiares de ciudadanos de la UE
Se aplica a los miembros de la familia de ciudadanos de la UE (que no posean la ciudadanía polaca), es decir, cónyuges, hijos de hasta 21 años y parejas de hecho reconocidas.
La solicitud puede presentarse gratuitamente y sin inscripción previa. Documentos necesarios:
- Formulario del e-consulado,
- fotografía en color 3,5 x 4,5 cm,
- pasaporte en vigor,
- documentos que prueben la relación familiar con el ciudadano de la UE,
- prueba de que acompaña al ciudadano de la UE o se reúne con él en su lugar de residencia.
Importante: La decisión de denegación puede recurrirse ante el Ministro de Asuntos Exteriores.
Datos biométricos
El visado nacional requiere una foto, el visado Schengen requiere una foto y huellas dactilares. Si le han tomado las huellas dactilares en los últimos 59 meses, no necesita volver a presentarlas.
Quedan exentos de la obligación, entre otros, los menores de 12 años, las personas físicamente incapaces de dar huellas, los jefes de Estado y los monarcas en visita oficial.
Seguridad de los datos
El responsable del tratamiento de los datos del VIS es la Jefatura de Policía, calle Pulawska 148/150, 02-624 Varsovia. En caso de duda, puede ponerse en contacto con la Autoridad de Protección de Datos.
Base jurídica
- Ley de 12 de diciembre de 2013 de extranjería,
- Ley de 25 de junio de 2015. - Ley Consular,
- Reglamento (CE) nº 810/2009 - Código de visado.
Obtenga más información sobre la legalización de la estancia de extranjeros en Polonia o vaya a la oferta de seguro de visado.
